Banca del Vecino
Tal como advierte la Carta Orgánica en su artículo 253, los vecinos por sí, o en representación de una organización o institución debidamente registrada en el registro municipal de organizaciones de la sociedad civil, tienen derecho a intervenir en las sesiones públicas del Concejo Deliberante que sean de carácter ordinario haciendo uso de una banca ciudadana para exponer proyectos o asuntos de interés general quedando los mismos registrados en el diario de sesiones.
Vale aclarar que no se admiten intervenciones en las secciones extraordinarias o convocadas por trámite de urgencia.
Asimismo, teniendo que el Concejo Deliberante propicia y estimula este tipo de participación, es dable remarcar que para participar de la Banca del Vecino se debe realizar un ingreso por mesa de entrada con una antelación de tres días de la Sesión para su correspondiente incorporación al Orden del Día. Su autor/a, tiene derecho a exponerlo y argumentarlo en la Sesión.
Posteriormente, continuará los pasos legislativos correspondientes. Si el proyecto fuera aprobado por la comisión de tratamiento, se invitará al vecino/a a presenciar la Sesión que de lugar a su aprobación definitiva.