Comisiones

Tal como establece el Reglamento Interno en su artículo 40, el Concejo Deliberante posee Comisiones permanentes a saber:

De Hacienda y Presupuesto

De Obras y Servicios Públicos y Planeamiento

De Gobierno, Cultura e Interpretación

De Acción Social y Derechos Humanos

De Ecología y Medio Ambiente

 

A la comisión de Hacienda y Presupuesto  le  Corresponde lo relativo a:

  • Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos del Municipio y Presupuesto del Concejo.
  • Creación, percepción, aumento de impuestos, tasas y contribuciones de mejoras.
  • Fijación y exención de multas.
  • Adquisición, donación, venta, arrendamiento, permuta o gravamen de bienes Municipales.
  • Aceptación o rechazo de donaciones o legados hechos al Municipio.
  • Aceptación y contratación de empréstitos, cooperativas con aporte Municipal y consorcios con intervención Municipal.
  • Consolidación de la deuda Municipal.
  • Autorización de gastos no incluidos en el Presupuesto General.
  • Otorgamiento de subsidios, subvenciones, pensiones graciables y becas.
  • Fiscalización y control de los recursos provenientes de servicios prestados por el Municipio, procurando se comprometan en primer término para su financiación.
  • Fijación del sueldo del Intendente y adecuación de los correspondientes a los demás cargos políticos electivos y no electivos previstos en el artículo 181° de la Carta Orgánica Municipal y del personal del Concejo Deliberante.
  • Fiscalización y examen de las cuentas de la Administración Municipal.
  • Todo lo referente a la actividad económica y financiera del Municipio.

A la comisión de Obras Públicas, le corresponde dictami­nar sobre todo asunto relacionado a:

  • Aplicación, reglamentación, control y mantenimiento actualizado del Plan de Ordenamiento Territorial y Municipal.
  • Sistema de Urbanización, Edificación y planes de regulación edilicia.
  • Construcción de edificios particulares y públicos, los servicios accesorios y las demoliciones.
  • La apertura, ensanche, construcción, pavimentación y mejoramiento de calles, caminos, plazas, paseos públicos, parques y las delineaciones y niveles. Realización y conservación de cercos, veredas, tapiales y otras mejoras similares.
  • Plan Regulador.
  • Código de Edificación.
  • Código de Planeamiento.
  • Catastro Municipal.
  • Disponer la prestación de los servicios públicos de barrido, riego, limpieza, alumbrado, provisión de agua, obras sanitarias, desagües pluviales, inspecciones, registro de guías, transporte y todo otro tendiente a satisfacer las necesidades colectivas de carácter local.
  • Determinación de las zonas industriales y residenciales del Municipio, imponiendo restricciones y límites al dominio para una mejor urbanización.
  • La instalación, ubicación y funcionamiento de los aparatos anunciadores, altavoces, letreros y otras formas de publicidad.
  • Seguridad en las edificaciones, calles y paseos del Municipio.
  • Señalización de la ciudad.
  • Proposición de las expropiaciones que por razones de necesidad y utilidad pública deban encararse.
  • Reglamentación y control de los servicios municipales.
  • Todo lo referente al Planeamiento de Obras y Servicios Públicos.
  • Declaración de Utilidad Pública de Obras previa apertura del Registro de Oposición por el D.E.M.

A la comisión de Gobierno, Cultura e Interpretación le corresponde todo lo referente a:

  • Reforma de este Reglamento, Interpretación del mismo, de las normas legales y de las disposiciones vigentes en el Municipio.
  • Contratos que la Municipalidad celebre con los particulares, empresas o poderes públicos nacionales, provinciales o municipales.
  • Concesiones, autorizaciones y permisos para la prestación de servicios públicos.
  • Asociaciones Vecinales.
  • Renuncia, suspensión, destitución y peticiones de licencia del Intendente, Viceintendente y/o Concejales.
  • Organización, reglamentación y fiscalización de la carrera administrativa del personal Munici­pal.
  • Asuntos que puedan afectar principios constitucionales, legales o reglamentarios.
  • Sanciones disciplinarias a los Concejales.
  • Todo lo que afecte los principios del Cuerpo o de sus miembros.
  • Toda petición o asunto particular que no corresponda a otra Comisión.
  • Cementerios.
  • Instalación y funcionamiento de tabladas y mataderos.
  • Todo lo referente al tránsito urbano, recorrido de Empresas de servicios públicos de transporte de pasajeros y sus tarifas y en los servicios de automotores de alquiler.
  • Instalación de abastos, mercados, ferias y demás lugares de acopio de frutos y productos.
  • Actividad oficial y privada en materia de difusión y promoción cultural.
  • Régimen de los institutos municipales de Cultura existentes y creación de nuevos Institutos.
  • Mantenimiento y fomento de la educación y cultura en todas sus manifestaciones.
  • Bibliotecas Públicas.
  • Control de moralidad en los espectáculos y publicaciones.
  • Acceso a los espectáculos públicos y funcionamiento de los mismos.
  • Higiene en casas de inquilinato, pensiones, hoteles, bares, restaurantes, cines, teatros y demás establecimientos comerciales e industriales.
  • Elaboración, expendio y consumo de sustancias o artículos alimenticios.
  • Inspección y contraste de pesas y medidas.
  • Templos e Instituciones Religiosas.
  • Nomenclatura de calles, plazas, barrios, etc, con previo paso a la Comisión Nomencladora.
  • A la Comisión de Acción Social le corresponde lo referente a:
  • Servicios de Acción Social y desarrollo de la comunidad.
  • Control de la higiene, profilaxis y salud pública.
  • Las actividades en hospitales, sanatorios, sala de primeros auxilios, asilos y patronatos.
  • Funcionamiento de guarderías infantiles, centros comunitarios, centros de salud, hogares para ancianos y huérfanos y toda otra institución afín dependiente del Municipio.
  • Loteos de tierras Municipales, cuando éstas tuvieran una función social.
  • Desarrollo de planes de viviendas, asignación de las mismas, erradicación de viviendas precarias.
  • Política de deportes y recreación en cuanto a su función social.
  • Todo lo referente a la Acción Social del Municipio y la comunidad.
  • Eximición de impuestos de carácter social

A la comisión de Ecología y Medio Ambiente le corresponde a esta comisión todo lo referente a:

  • Aplicación y reglamentación de toda legislación nacional, provincial o municipal, relacionada con la conservación del ambiente.
  • Evaluación de los estudios de impacto ambiental a los que está sujeto todo emprendimiento industrial y/o comercial que requiera aprobación del Cuerpo.
  • Reglamentación y control sobre el destino de los desechos de toda radicación industrial y/o comercial.
  • Reglamentación y control sobre el destino de los desechos urbanos (basura, efluentes cloacales, pluviales, etc.).
  • Señalización y educación ambiental.
  • Evaluación de los márgenes de seguridad ambiental que suponga todo evento transitorio o permanente (carreras, regatas, espectáculos, convenciones, ferias, etc.).
  • Reglamentación y control sobre el tránsito de productos sólidos, líquidos o gaseosos que supongan un riesgo ambiental de la zona urbana y/o de los ecosistemas relacionados.
  • Evaluación del impacto ambiental provocado por la concesión de predios relacionados con el uso de la franja costera.
  • Evaluación de los estudios de impacto ambiental de obras públicas y particulares.
  • Carta Ambiental.
  • Protección de árboles, jardines, parques y demás paseos públicos.
  • Turismo y cuidado de playas.