Banca del Vecino

Tal como advierte la Carta Orgánica en su artículo 253, los vecinos por sí, o en representación de una organización o institución debidamente registrada en el registro municipal de organizaciones de la sociedad civil, tienen derecho a intervenir en las sesiones públicas del Concejo Deliberante que sean de carácter ordinario haciendo uso de una banca ciudadana para exponer proyectos o asuntos de interés general quedando los mismos registrados en el diario de sesiones.

 

Vale aclarar que no se admiten intervenciones en las secciones extraordinarias o convocadas por trámite de urgencia.
Asimismo, teniendo que el Concejo Deliberante propicia y estimula este tipo de participación, es dable remarcar que para participar de la Banca del Vecino: Se debe realizar un ingreso por mesa de entrada con una antelación de tres días de la Sesión para su correspondiente incorporación al Orden del Día. Su autor/a, tiene derecho a exponerlo y argumentarlo en la Sesión.

 

Posteriormente, continuará los pasos legislativos correspondientes. Si el proyecto fuera aprobado por la comisión de tratamiento, se invitará al vecino/a a presenciar la Sesión que de lugar a su aprobación definitiva.